Tras señalar que el sistema de cuentas individuales y el nuevo esquema de pensiones constituyen un nuevo régimen de seguridad social, porque aumentan las cuotas a los trabajadores en activo, aumentan la edad y años de servicio y retrasa el beneficio de pensión de retiro por razones de edad y años trabajados con más tiempo de cotización y menos tiempo de duración de la pensión, los ministros advierten que el nuevo esquema, además de violar la constitución, “podrá trascender a la calidad de los servicios prestados por los trabajadores al servicio del Estado que permanezcan en el cargo a edades elevadas con la consecuencia que ello implica respecto de sus aptitudes”.
Respecto a la “limitada” responsabilidad del Estado con la nueva Ley, Mayagoitia y Silva Meza subrayan que conforme al nuevo régimen, los trabajadores adquirirán una empresa del sistema financiero nacional la pensión de retiro.
Precisan que a diferencia de los preveía la anterior ley, cuando los fondos para la pensión eran insuficientes, el Estado se comprometía a aportar lo necesario para garantizarlas; “en el nuevo régimen de cuentas individuales, la ley no establece ese supuesto, esto es, ante la insuficiencia de fondos necesarios para cubrir las pensiones, quién deberá hacerse cargo de la contingencia financiera”.
Es claro que el nuevo régimen de pensiones contiene cambios trascendentales al sistema de pensiones de retiro en detrimento de los derechos adquiridos, enfatizaron. LEER NOTA COMPLETA.
Respecto a la “limitada” responsabilidad del Estado con la nueva Ley, Mayagoitia y Silva Meza subrayan que conforme al nuevo régimen, los trabajadores adquirirán una empresa del sistema financiero nacional la pensión de retiro.
Precisan que a diferencia de los preveía la anterior ley, cuando los fondos para la pensión eran insuficientes, el Estado se comprometía a aportar lo necesario para garantizarlas; “en el nuevo régimen de cuentas individuales, la ley no establece ese supuesto, esto es, ante la insuficiencia de fondos necesarios para cubrir las pensiones, quién deberá hacerse cargo de la contingencia financiera”.
Es claro que el nuevo régimen de pensiones contiene cambios trascendentales al sistema de pensiones de retiro en detrimento de los derechos adquiridos, enfatizaron. LEER NOTA COMPLETA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario